
El BOE ha publicado, con fecha 20 de marzo, la instrucción del Ministerio de Sanidad por la cual se habilita a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.
Como medida de precaución, y por si las autoridades solicitaran justificación de motivos para estar en vía pública, es recomendable portar el certificado o tarjeta de discapacidad, la prescripción de un profesional sanitario o social (en caso de disponer de ello), la copia y/o referencia de la instrucción e informes médicos, psicológicos o sociales complementarios en los que se describan las necesidades individuales y/o la existencia de dificultades conductuales (en el caso de disponer de ellos).